Apelaciones de Inmigración de Atlanta

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Las formas administrativas y judiciales de reparación están disponibles para un no ciudadano después de que finalizan las audiencias de deportación. Estas formas de reparación son similares a las apelaciones porque buscan revocar o impugnar una orden emitida por un juez de inmigración.

Cuando un no ciudadano o el DHS no está de acuerdo con la decisión de un juez de inmigración, puede apelar a la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) para que se anule la decisión del juez de inmigración. La BIA es un organismo administrativo que tiene la autoridad para interpretar las leyes federales de inmigración. La BIA debe recibir una apelación de la decisión de un juez de inmigración dentro de los 30 días posteriores a la fecha en que fue emitida por el tribunal.

Según las leyes de inmigración, los Tribunales Federales de Apelación tienen la autoridad para escuchar ciertas decisiones apeladas de la BIA. Si un no ciudadano no está de acuerdo con las decisiones de la BIA, es posible que pueda apelar ante los tribunales federales. Un no ciudadano tiene 30 días a partir de la fecha de la decisión final de deportación para presentar una apelación judicial.

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